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Maternidad subrogada: una cuestión compleja

Cada vez son más las parejas que optan por esta fórmula. Se trata de una cuestión compleja que despierta encendidas opiniones a favor y en contra.

La maternidad subrogada es ilegal en nuestro país. / fotolia

Joaquina Dueñas
JOAQUINA DUEÑAS

De un tiempo a esta parte, es muy habitual encontrarse con noticias en relación a la maternidad subrogada. Se trata de una cuestión compleja que despierta encendidas opiniones a favor y en contra. Cada día son más los personajes que anuncian en programas de televisión o en revistas de papel cuché su maternidad o paternidad mediante esta fórmula. Si bien las últimas noticias relacionadas con la maternidad subrogada no han terminado con idílicas imágenes de padres famosos con sus recién nacidos en brazos, sino con detenciones y con su reflejo en la sección de sucesos, dado que es una práctica ilegal en España.

El que sea ilegal en el país no ha impedido que algunos famosos como Tamara Gorro, Jaime Cantizano, Miguel Bosé o Miguel Poveda hayan sido padres, dado que han tenido la posibilidad de acudir a otros países como Inglaterra o Estados Unidos (en algunos de sus estados) donde sí existe una regulación de este tipo de concepción. El que la regulación más o menos restrictiva, según el país, o la capacidad económica de las familias, condicione la posibilidad de ser padres, es uno de los argumentos de quienes defienden su legalización en España.

Mientras sigue pendiente el profundo debate ético y legal, es interesante conocer en qué consiste la maternidad subrogada o vientre de alquiler. Por un lado se utiliza el útero de una mujer, que se denomina receptora y los gametos de una pareja, que se denomina donante. A la receptora se le van a transferir el o los embriones, producto de la fertilización in-vitro (FIV) de los óvulos y espermatozoides de los donantes, por lo que el embarazo va ser llevado a término por la receptora, quien después del nacimiento se lo entregará a la pareja de donantes que serán sus padres genéticos y sociales.

Esta práctica está indicada para personas no pueden llevar el embarazo en su vientre. Este es el caso de las mujeres que por razón congénita o por enfermedad, carecen sin útero, pero sí tienen uno o ambos ovarios funcionando, de aquellas con pérdidas fetales a repetición o con remotas posibilidades de llevar un embarazo a término o si tienen contraindicado el embarazo.

Otra modalidad es aquella en la que la madre gestacional aporta también su óvulo, pero el espermatozoide proviene del padre que solicita la subrogación o de un donante. En estas circunstancias, el bebé puede ser concebido por medio de inseminación artificial o de fecundación in vitro. En ambos casos, lo más habitual es que la receptora y los donantes no se conozcan previamente, aunque en algunos casos es un familiar directo quien se ofrece a gestar en su vientre el hijo de la pareja donante.

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